sábado, 15 de noviembre de 2025

Edicto de oct. de 1810 contra Hidalgo.

EN EL EDICTO NO HAY PALABRA ALGUNA SOBRE LOGIAS O MASONES. 

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Tomo I. Núm. 122.- Gaceta del Gobierno de Mexico Del Viernes 19 de Octubre de 1810.- (Ortografía original)

Nueva España Mexico 16. de Octubre.

Nos los Inquisidores apostólicos contra la herética pravedad y apostasía, en la ciudad de México, estados y provincias de esta N. E., Guatemala, Nicaragua, Islas Filipinas, sus distritos y jurisdicciones, por autoridad apostólica, real y ordinaria, &c.


—A vos el Br. D. Miguel Hidalgo y Costilla, cura de la congregacion de los Dolores en el obispado de Michoacan, titulado capitan general de los insurgentes.

Sabed, que ante Nos pareció el señor inquisidor fiscal de este santo oficio, é hizo presentacion en forma de un proceso que tuvo principio en el año de 1800, y fué continuado á su instancia hasta el de 1809, del que resulta probado contra vos el delito de heregía y apostasía de nuestra santa fé católica, y que sois un hombre sedicioso, cismático y herege, formal por las doce proposiciones que habeis proferido, y procurado enseñar á otros y han sido la regla constante de vuestras conversaciones y conducta; y son en compendio las siguientes.

Negais, que Dios castiga en este mundo con penas temporales la autenticidad de los lugares sagrados de que consta esta verdad; habeis hablado con desprecio de los Papas, y del gobierno de la iglesia, como manejado por hombres ignorantes, de los quales uno que acaso estaria en los infiernos, estaba canonizado. Asegurais que ningun judio que piense con juicio, se puede convertir, puesto cogita la venida del Mesías; y negais la perpetua virginidad de la Vírgen María: adoptáis la doctrina de Lutero en órden á la divina Eucaristía y confesion auricular, negando la autenticidad de la epístola de S. Pablo á los de Corinto y asegurando que la doctrina del evangelio de este sacramento, está mal entendida, en quanto á que creemos la existencia de Jesucristo en él. Teneis por inocente y lícita la polucion y fornicacion, como efecto necesario y consiguiente al mecanismo de la naturaleza, por cuyo error habeis sido tan libertino, que hicisteis pacto con vuestra manceba de que os buscase mugeres para fornicar, y que para lo mismo le buscariais á ella hombres, asegurándola que no hay infierno, ni Jesucristo; y finalmente, que sois tan soberbio que decis, que no os habeis graduado de Dr. en esta Universidad por ser su claustro una quadrilla de ignorantes: y dixo que temiendo, ó habiendo llegado á percibir que estabais denunciado al santo oficio, os ocultasteis con el velo de la vil hipocresía, de tal modo, que se aseguró en informe que se tuvo por verídico, que estabais tan corregido que habiais llegado al estado de un verdadero escrupuloso, con lo que habiais conseguido suspender nuestro zelo, sufocar los clamores de la justicia y que diésemos una tregua prudente á la observacion de vuestra conducta; pero que vuestra impiedad represada por temor, habia prorrumpido como un torrente de iniquidad en estos calamitosos dias, poniendoos á la frente de una multitud de infelices que habeis seducido, y declarando guerra á Dios, á su santa religion y á la pátria: con una contradiccion tan monstruosa que predicando, segun aseguran los papeles públicos, errores groseros contra la fé, alarmais á los pueblos para la sedicion con el grito de la santa religion, con el nombre y devocion de María Santísima de Guadalupe y con el de Fernando VII, nuestro deseado y jurado rey; lo que alegó en prueba de vuestra apostasía de la fé católica y pertinacia en el error: y últimamente nos pidió que os citásemos por edicto, y baxo la pena de excomunión mayor os mandásemos que comparecieseis en nuestra audiencia en el término de treinta dias perentorios, que se os señale por término desde la fixacion de nuestro edicto, pues de otro modo no es posible hacer la citacion personal. Y que circule dicho edicto en todo el reyno, para que todos sus fieles y católicos habitantes, sepan que los promotores de la sedicion é independencia tienen por Corifeo un apóstata de la religion, á quien igualmente que al trono de Fernando VII, ha declarado la guerra. Y que en el caso de no comparecer se os siga la causa en rebeldía, hasta la relaxacion en estatua.

Y Nos, visto su pedimento ser justo y conforme á derecho y la informacion que contra vos se ha hecho, así del dicho delito de heregía y apostasía, de que estais testificado, y de la vil hipocresía con que iludisteis nuestro zelo y os habeis burlado de la misericordia del santo oficio, como de la imposibilidad de citaros personalmente, por estar resguardado y defendido del exército de insurgentes que habeis levantado contra la religion y la patria, mandamos dar y dimos esta nuestra carta de citacion y llamamiento, por la qual os citamos y llamamos, para que desde el dia que fuese introducida en los pueblos que habeis sublevado, hasta los treinta siguientes, leida y publicada en la santa iglesia Catedral de esta ciudad, parroquias y conventos y en la de Valladolid y pueblos fieles de aquella diócesis, comarcanos con los de vuestra residencia, parezcais personalmente ante Nos en la sala de nuestra audiencia, á estar á derecho con dicho señor inquisidor fiscal, y os oiremos y guardaremos justicia: en otra manera, pasado el sobredicho término, oiremos al señor fiscal y procederemos en la causa sin mas citaros ni llamaros, y se entenderán las siguientes providencias con los estrados de ella hasta la sentencia difinitiva, pronunciacion y execucion de ella inclusive, y os parará tanto perjuicio, como si en vuestra persona se notificasen. Y mandamos que esta nuestra carta se fixe en todas las iglesias de nuestro distrito y que ninguna persona la quite, rasgue ni chancele, baxo la pena de excomunion mayor y de 500 pesos aplicados para gastos del santo oficio, y de las demas que imponen el derecho canónico y bulas apostólicas contra los fautores de hereges: y declaramos incursos en el crímen de fautoría y en las sobredichas penas, à todas las personas, sin excepcion, que aprueben vuestra sedicion, reciban vuestras proclamas, mantengan vuestro trato y correspondencia epistolar, y os presten qualquiera género de ayuda ó favor, y á los que no denuncien y no obliguen á denunciar, á los que favorezcan vuestras ideas revolucionarias, y de qualesquiera modo las promuevan y propaguen, pues todas se dirigen á derrocar el trono y el altar, de lo que no dexa duda la errada creencia de que estais denunciado, y la triste experiencia de vuestros crueles procedimientos, muy iguales, así como la doctrina á los del pérfido Lutero en Alemania. En testimonio de lo qual mandamos dar y dimos la presente, firmada de nuestros nombres, se lada con el sello del dicho santo oficio y refrendada de uno de los secretarios del secreto de él. Dada en la inquisicion de México y sala de nuestra audiencia, á 13 dias del mes de octubre de 1810.=Dr. D. Bernardo de Prado y Obegero.=Lic. D. Isidoro Sainz de Alfaro y Beaumont.=Por mandado del santo oficio.=Dr. D. Lucio Calvo de la Cantera, secretario.

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Nos D. Francisco Xavier de Lizana y Beaumont, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Arzobispo de México, caballero gran cruz de la real y distinguida órden española de Carlos III, del consejo de S. M. &c.

Habiendo llegado á nuestra noticia, que varias personas de esta ciudad de México y otras poblaciones del arzobispado, disputan, y por ignorancia ó por malicia han llegado á afirmar no ser válida, ni dimanar de autoridad legítima la declaracion de haber incurrido ó incurrir en excomunion las personas respectivamente nombradas é indicadas en el edicto, que con fecha de 24 de septiembre último expidió y mandó publicar el Illmo. Sr. D. Manuel Abad Queipo, canónigo penitenciario de la Santa Iglesia de Valladolid, obispo electo y gobernador de aquel obispado, siendo como son estas conversaciones y disputas sumamente perjudiciales á la quietud de las conciencias y del público, por qualquiera parte que se miren; hemos tenido por necesario expedir el presente edicto, por el qual hacemos saber, que dicha declaracion está hecha por superior legítimo, con entero arreglo á derecho, y que los fieles cristianos están obligados en conciencia, pena de pecado mortal, y de quedar excomulgados, á la observancia de lo que la misma declaracion previene, la qual hacemos tambien Nos por lo respectivo al territorio de nuestra jurisdiccion. Asimismo, y para cortar de raiz semejantes conversaciones, que no pueden dexar de ser semilla fecunda de discordias, mandamos por el presente edicto, pena de excomunion mayor ipso facto incurrenda, que no se dispute sobre la mencionada declaracion de excomunion, hecha y publicada por dicho Illmo. Sr. obispo electo y gobernador del obispado de Valladolid, previniendo, que sirve este edicto de mencion, y que á mas de proceder contra los contraventores, darémos cuenta donde corresponda. Y para que llegue á noticia de todos, y nadie pueda alegar ignorancia, mandamos que se publique el presente en todas las iglesias de esta ciudad y arzobispado en dia festivo, al tiempo del ofertorio de la misa conventual, y publicado, se fixe en las puertas de las mismas. Dado en nuestro palacio Arzobispal de la ciudad de México, firmado de nuestra mano, sellado con el de nuestras armas, y refrendado por nuestro infrascripto secretario de cámara y gobierno á once dias del mes de octubre del año de mil ochocientos diez.=Francisco Arzobispo de México. =Por mandado de S. E. I. el Arzobispo mi Sr.=Dr. D. Domingo Hernandez, secretario.

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1810 septiembre - Excomunión de Hidalgo

EN LA EXCOMUNIÓN NO HAY PALABRA ALGUNA RELACIONADA CON LOGIAS O MASONES (*Ortografía original)

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Gaceta Extraordinaria del Gobierno de México y el edicto de excomunión emitido por Manuel Abad Queipo. 

Núm. 112. GAZETA EXTRAORDINARIA DEL GOBIERNO DE MEXICO Del viernes 28 de septiembre de 1810.

El Illmô. Señor Don Manuel Abad Queipo, obispo electo de Valladolid de Michoacan, ha remitido al superior gobierno el siguiente oficio con el edicto que acompaña, y publicamos de órden superior para satisfaccion de estos fieles habitantes.

Exmô. Sr. Anoche supimos en esta ciudad que el cura de Dolores y sus sequaces habian ocupado á Celaya, Salamanca é Irapuato. Y viendo la facilidad con que se duce los pueblos, me ha parecido medio conveniente y justo excomulgarlo en los términos que se contiene en el edicto que formé esta mañana, de que acompaño un exemplar, para que siendo del agrado de V. E. se publique en la gazeta de México que es el periódico que mas circula. Dios guarde á V. E. muchos años. Valladolid 24 de septiembre de 1810

(De) =Exmô. Sr. =Manuel Abad, obispo electo de Michoacan. 

(Para) =Exmô. Sr. D. Francisco Xavier Venégas.

Gazeta 28 septo 1810 bit.ly/3OLVlOP

Don Manuel Abad Queipo, canónigo penitenciario de esta Santa Iglesia, obispo electo y gobernador de este obispado de Michoacan: á todos sus habitantes paz y salud en nuestro Señor Jesucristo.

Omne regnum in se divisum desolabitur. Todo reyno dividido en facciones será destruido y arruinado, dice Jesucristo nuestro bien. Cap. XI de S. Lucas, v. XVII.

Sí, mis amados fieles: la historia de todos los siglos, de todos los pueblos y naciones, la que ha pasado por nuestros ojos de la revolucion francesa, la que pasa actualmente en la península, en nuestra amada y desgraciada pátria, confirman la verdad infalible de este divino oráculo. Pero el exemplo mas análogo á nuestra situacion lo tenemos inmediato en la parte francesa de la isla de Santo Domingo, cuyos propietarios eran los hombres mas ricos, acomodados y felices que se conocian sobre la tierra. La poblacion era compuesta casi como la nuestra de franceses europeos, y franceses criollos, de indios naturales del país, de negros y de mulatos y de castas resultantes de las primeras clases. Entró la division y la anarquía por efecto de la citada revolucion francesa, y todo se arruinó y se destruyó en lo absoluto.

La anarquía en la Francia causò la muerte de dos millones de franceses, esto es, cerca de dos vigesimos, la porcion mas florida de ambos sexôs que existia; arruinó su comercio y su marina, y atras ó la industria y agricultura. Pero la anarquía en Santo Domingo degolló todos los blancos franceses y criollos, sin haber quedado uno siquiera; y degolló los quatro quintos de todos los demás habitantes, dexando la quinta parte restante de negros y mulatos en òdio eterno y guerra mortal en que deben destruirse enteramente. Devastó todo el país quemando y destruyendo todas las posesiones, todas las ciudades, villas y lugares de suerte que el país mejor poblado y cultivado que habia en todas las Américas, es hoy un desierto albergue de tigres y leones. He aquí el quadro horrendo, pero fiel, de los estragos de la anarquía en Santo Domingo.

La nueva España, que habia admirado la Europa por los mas brillantes testimonios de lealtad y patriotismo en favor de la madre pátria, apoyándola y sosteniéndola con sus tesoros, con su opinion y sus escritos, manteniendo la paz y la concordia á pesar de las insidias y tramas del tirano del mundo; se vé hoy amenazada con la discordia y anarquía, y con todas las desgracias que la siguen, y ha sufrido la citada isla de Santo Domingo.

Un ministro del Dios de la paz, un sacerdote de Jesucristo, un pastor de almas, (no quisiera decirlo) el cura de Dolores D. Miguel Hidalgo, (que habia merecido hasta aquí mi confianza y mi amistad) asociado de los capitanes del regimiento de la Reyna D. Ignacio Allende, D. Juan de Aldama y D. Josef Mariano Abasolo, levantó el estandarte de la revelion y encendió la tea de la discordia y anarquía y seduciendo una porcion de labradores inocentes, les hizo tomar las armas: y cayendo con ellos sobre el pueblo de Dolores el 16. del corriente al amanecer, sorprendió y arrestó los vecinos europeos, saqueó y robó sus bienes; y pasando despues á las siete de la noche á la villa de San Miguel el Grande, executó lo mismo apoderandose en una y otra parte de la autoridad y del gobierno. El viernes 21 ocupó del mismo modo á Celaya, y segun noticias parece que se ha extendido ya á Salamanca é Irapuato. Lleva consigo los europeos arrestados, y entre ellos al sacristan de Dolores, al cura de Chamacuero, y á varios religiosos carmelitas de Celaya, amenazando á los pueblos que los ha de degollar si le oponen alguna resistencia e insultando á la religion y á nuestro soberano D. FERNANDO VII, pintó en su estandarte la imágen de nuestra augusta patrona nuestra Señora de Guadalupe, y le puso la inscripcion siguiente: Viva la Religion. Viva nuestra Madre Santísima de Guadalupe. Viva Fernando VII. Viva la América. Y muera el mal gobierno

Como la religion condena á la revelion, el asesinato, la opresion de los inocentes; y la madre de Dios no puede proteger los crímenes; es evidente que el cura de Dolores pintando en su estandarte de sedicion la imágen de nuestra Señora, y poniendo en él la referida inscripcion, cometió dos sacrilegios gravísimos, insultando á la religion y á nuestra Señora. Insulta igualmente á nuestro Soberano, despreciando y atacando el gobierno que le representa, oprimiendo sus vasallos inocentes, perturbando el órden público, y violando el juramento de fidelidad al Soberano y al gobierno, resultando perjuro igualmente que los referidos capitanes. Sin embargo, confundiendo la religion con el crimen, y la obediencia con la revelion; ha logrado seducir el candor de los pueblos, y ha dado bastante cuerpo á la anarquía que quiere establecer. El mal haria rápidos progresos si la vigilancia y energia del gobierno, y la lealtad ilustrada de los pueblos no lo detuviesen.

Yo, que á solicitud vuestra, y sin cooperacion alguna de mi parte me veo elevado á la alta dignidad de vuestro obispo, de vuestro pastor y padre, debo salir al encuentro á este enemigo, en defensa del rebaño que me es confiado, usando de la razon y la verdad contra el engaño; y del rayo terrible de la excomunion contra la pertinacia y protervia.

Sí, mis caros y muy amados fieles: yo tengo derechos incontestables á vuestro respeto, á vuestra sumision y obediencia en la materia. Soy europeo de origen; pero soy americano de adopcion por voluntad, y por domicilio de mas de 31 años. No hay entre vosotros uno solo que tome mas interés en vuestra verdadera felicidad. Quizá no habrá otro que se afecte tan dolorosa y profundamente, como yo, en vuestras desgracias, porque acaso no habrá habido otro que se haya ocupado y ocupe tanto de ellas. Ninguno ha trabajado tanto como yo en promover el bien público, en mantener la paz y concordia entre todos los habitantes de la América, y en prevenir la anarquía que tanto he temido desde mi regreso de la Europa. Es notório mi carácter y mi zelo. Así, pues, me debeis creer.

En este concepto, y usando de la autoridad que exerzo como obispo electo y gobernador de esta mitra: declaro que el referido D. Miguel Hidalgo cura de Dolores y sus sequaces los tres citados capitanes, son perturbadores del órden público, seductores del pueblo, sacrílegos, perjuros y que han incurrido en la excomunion mayor del Canon: Siquis suadente Diabolo, por haber atentado la persona y libertad del sacristan de Dolores, del cura de Chamacuero y de varios religiosos del convento del Carmen de Celaya, aprisionándolos y manteniéndolos arrestados.

Los declaro excomulgados vitandos, prohibiendo, como prohíbo, el que ningunos les dé socorro, auxilio y favor, baxo la pena de excomunion mayor, ipso facto incurrenda, sirviendo de monicion este edicto, en que desde ahora para entonces declaro incursos á los contraventores. Así mismo exhorto y requiero á la porcion del pueblo que trae seducido, con títulos de soldados y compañeros de armas, que se restituyan á sus hogares y lo desamparen dentro del tercero dia siguiente inmediato al que tuvieren noticia de este edicto, baxo la misma pena de excomunion mayor en que desde ahora para entónces los declaro incursos, y á todos los que voluntariamente se alistaren en sus banderas, ó que de qualquiera modo le dieren favor y auxilio.

Item: declaro que el dicho cura Hidalgo y sus sequaces son unos seductores del pueblo, y calumniadores de los europeos. Sí, mis amados fieles, es una calumnia notória. Los europeos no tienen ni pueden tener otros intereses que los mismos que teneis vosotros los naturales del país, es á saber, auxiliar la madre pátria en quanto se pueda, defender estos dominios de toda invasion extrangera para el soberano que hemos jurado, ò qualquiera otro de su dinastía, baxo el gobierno que le representa, segun y en la forma que resuelva la nacion representada en las córtes que, como se sabe, se están celebrando en Cádiz ò Isla de Leon, con los representantes interinos de las Américas mientras llegan los propietarios. Este es la egida baxo la qual nos debemos acoger: este es el centro de unidad de todos los habitantes de este reyno, colocado en manos de nuestro digno gefe el Exmô. Sr. Virey actual, que lleno de conocimientos militares y políticos, de energia y justificacion, hará de nuestros recursos y voluntades el uso mas conveniente para la conservacion de la tranquilidad del órden público y para la defensa exterior de todo el reyno.

Unidas todas las clases del estado de buena fé, en paz y concordia baxo un gefe semejante, son grandes los recursos de una nacion como la Nueva España, y todo lo podremos conseguir. Pero desunidos, roto el freno de las leyes, perturbado el órden público, introducida la anarquía, como pretende el cura de Dolores, se destruirà este hermoso país. El robo, el pillage, el incendio, el asesinato las venganzas incendiarán las haziendas, las ciudades, villas y lugares, exterminarán los habitantes y quedará un desierto para el primer invasor que se presente en nuestras costas. Sí, mis caros y amados fieles: tales son los efectos inevitables y necesarios de la anarquía. Detestadla con todo vuestro corazon: armaos con la fé católica, contra las sediciones diabólicas que os conturban: fortificad vuestro corazon con la caridad evangélica, que todo lo soporta y todo lo vence. Nuestro Señor Jesucristo, que nos redimió con su sangre, se apiade de nosotros y nos protega en tanta tribulacion, como humildemente se lo suplico.

Y para que llegue á noticia de todos y ninguno alegue ignorancia, he mandado que este edicto se publique en esta santa iglesia catedral y se fixe en sus puertas, segun estilo, y que lo mismo se execute en todas las parroquias del obispado, dirigiéndose al efecto los exemplares correspondientes. Dado en Valladolid á veinte y quatro dias del mes de septiembre de mil ochocientos diez. Sellado con el sello de mis armas y refrendado por el infrascripto secretario. =Manuel Abad Queipo, obispo electo de Michoacan. Por mandado de S. S. I. el obispo mi Sr.=Santiago Camiña, secretario.

S. E. ha recibido con la mayor complacencia esta justa resolucion, tan propia de la sabiduría y zelo de tan digno y benemérito prelado, y se ha servido responderle con las expresiones correspondientes á una demostracion tan brillante del zelo, virtud, fidelidad y patriotismo que le caracterizan.

IMPRESO. Proclama del Exmô. Sr. Virey de N. E. á los habitantes de América, exhortándolos á la union y obediencia á las autoridades en circunstancias que deben fortalecerse contra la seduccion de los que intentan mancillar la fidelidad y decoro con que siempre ha sostenido esta América en los principios de la religion y la armonía de las leyes. 

***Se hallará en casa de Arizpe, en el puesto de la gazeta portal de Mercaderes, y en Puebla en la librería de Oronoz al precio de 2 reales.

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sábado, 1 de noviembre de 2025

Personajes mencionados en la revista masónica El Boazeo 1894-1898

Personajes mencionados en la revista masónica El Boazeo 1894-1898, del Rito Mexicano Reformado de Jesús Medina. 



  1. Miguel Hidalgo y Costilla (Activo desde 1810): Cura de Dolores, héroe de la Independencia de México. Inició la guerra de Independencia en 1810.
  2. Vicente Guerrero (Ejecutado en 1831): Fue ejecutado en Cuilapa el 14 de febrero de 1831, siendo asesinado por los escoceses.
  3. Agustín de Iturbide (Asesinado en 1824): Su imperio fue uno de los que se derrumbaron. Fue asesinado por los escoceses.
  4. Valentín Gómez Farías (Patriarca de la Reforma): Figura ilustre del Rito Nacional Mexicano. Un club de ciudadanos se fundó con su nombre.
  5. José María Mateos (Activo desde 1825): Uno de los fundadores del Rito Nacional Mexicano (RNM), establecido definitivamente en 1825. Su nombre es venerado entre los ilustres del RNM.
  6. Guillermo Gardett (Activo desde 1825): Fue uno de los nueve hermanos que fundaron el Rito Nacional Mexicano en 1825.
  7. Guillermo Lamot (Activo desde 1825): Fue uno de los fundadores del Rito Nacional Mexicano en 1825.
  8. Luis Luelmo y Goyanes (Activo desde 1825): Fue uno de los fundadores del Rito Nacional Mexicano en 1825.
  9. Cayetano Rinaldi (Activo desde 1825): Fue uno de los fundadores del Rito Nacional Mexicano en 1825.
  10. Juan María Matheus (Activo desde 1825): Fue uno de los fundadores del Rito Nacional Mexicano en 1825.
  11. Francisco Ocampo (Activo desde 1825): Fue uno de los fundadores del Rito Nacional Mexicano en 1825.
  12. Mariano Rodríguez (Activo desde 1825): Fue uno de los fundadores del Rito Nacional Mexicano en 1825.
  13. Ignacio Esteva (Activo desde 1825): Fue el primer Gran Maestre del Rito de York en México.
  14. Anastasio Bustamante (Activo a inicios del siglo XIX): El partido liberal, bajo el Rito Nacional Mexicano, hizo oposición a su gobierno.
  15. Benito Juárez (1806–1872): Benemérito de las Américas, Gran Luminar del Rito Nacional Mexicano. Su nombre simbólico era "Guillermo Tell". Su figura presidió un acto solemne. Promovió las Leyes de Reforma, incluyendo la separación de la iglesia y el Estado.
  16. Melchor Ocampo (c. 1814–1861): Se nombró una Logia Matriz en Puebla en su honor.
  17. Ignacio Ramírez (El Nigromante) (c. 1818): Se menciona en un plan masónico la idea de fundir campanas para hacer estatuas en su honor.
  18. Guillermo Prieto (c. 1818–1897): Poeta laureado y célebre cantor de las glorias nacionales. Se menciona su muerte y se le vincula a un movimiento de pronunciamiento contra la reelección de Díaz.
  19. Margarita Maza de Juárez (c. 1822–1871): Esposa de Benito Juárez, se le menciona por su virtud, en contraste con otras esposas de masones.
  20. José María Iglesias (Activo desde 1894): Logia de la Confederación del Rito Mexicano Reformado lleva su nombre. Sus opiniones sobre el sufragio popular fueron publicadas en 1894.
  21. Juan Nepomuceno Méndez (Activo c. 1876): General, masón. Estuvo en la Logia "José María Morelos y Pavón" y fue el Gran Maestre de la Gran Dieta Simbólica.
  22. Miguel Negrete (1824–1884): General, se le tributaron honras fúnebres por su patriótica conducta en la Batalla del 5 de Mayo de 1862.
  23. Manuel Dublán (c. 1825): Se le menciona como Ilustre Inspector General.
  24. Mariano Escobedo (1826–1902): General, Vencedor de Querétaro. Fue postulado para Presidente de la República en 1896.
  25. Miguel Lerdo de Tejada (c. 1827–1861): Su nombre se cuenta entre los ilustres del Rito Nacional Mexicano.
  26. Francisco Zarco (c. 1829–1869): Su nombre se cuenta entre los ilustres del Rito Nacional Mexicano.
  27. Ignacio Mariscal (c. 1829–1910): Ciudadano prominente que estuvo al lado del General Díaz.
  28. Porfirio Díaz (1830–1915): General y Presidente. Se menciona que el Rito Escocés Antiguo y Aceptado trabajó por su reelección y que fue condecorado por el Supremo Consejo. Su oposición se basaba en el Plan de la Noria de 1871, que condenaba la reelección indefinida.
  29. Justo H. Benítez (c. 1832–1900): Ciudadano prominente. Considerado candidato para la Presidencia en 1896.
  30. Maximiliano (Fernando Maximiliano de Habsburgo) (1832–1867): El Rito Escocés Antiguo y Aceptado le ofreció el puesto de Gran Comendador. Se le califica de usurpador de la soberanía nacional. Fue derrotado en Querétaro.
  31. Manuel González (1833–1893): General, mencionado en Miahuatlán. Se le nombra como un distinguido mutilado que perteneció a la Francmasonería y poseyó el grado 33.
  32. Manuel Aguas (1834–1872): Presbítero, reformador religioso, llamado el "Lutero mexicano". Fundador del movimiento evangélico. Se fundó una Logia con su nombre.
  33. Juan Crisóstomo Bonilla (1835–1894): Caudillo liberal, de quien Juan N. Méndez era aliado.
  34. Matías Romero (c. 1837–1898): Ciudadano prominente que estuvo al lado del General Díaz.
  35. Ignacio Manuel Altamirano (1834–1893): Ciudadano ilustre. Se menciona su aberración de identificar la nacionalidad mexicana con la Virgen de Guadalupe.
  36. Próspero Cahuantzi (Activo en 1910): Gobernador de Tlaxcala, su reelección provocó descontento.
  37. Joaquín Baranda (c. 1840–1908): Se menciona en un estudio constitucional de 1894.
  38. José Vicente Villada (c. 1843–1904): Fundador del periódico El Partido Liberal.
  39. Carlos Díez Gutiérrez (c. 1844–1898): Gobernador de San Luis Potosí.
  40. Filomeno Mata (c. 1845–1912): Masón y periodista, fundador del Diario del Hogar.
  41. Laureana Wright de Kleinhans (c. 1846–1896): Su composición poética fue recitada en el funeral de Manuel Aguas.
  42. Francisco Z. Mena (c. 1847–1910): General, considerado candidato presidencial en 1896.
  43. Ermilo G. Cantón (c. 1849–1903): Secretario de la Gran Dieta Simbólica.
  44. Bernardo Reyes (c. 1850–1913): General, considerado candidato presidencial en 1896.
  45. Juan de Dios Peza (c. 1852–1910): Poeta, escribió sobre el simulacro de funeral de Escobedo.
  46. Porfirio Parra (c. 1854–1912): Doctor, se le menciona en el periódico masónico.
  47. Victoriano Agüeros (c. 1855–1910): Director del diario católico El Tiempo.
  48. Matilde Montoya Lafragua (1859–1938): Se nombra una Logia en su honor: “Soledad Lafragua de Montoya”.
  49. Jesús M. Medina / José M. Medina (Activo 1894–1898): Director y propagandista del impreso francmasón El Boazeo. Fue uno de los representantes firmantes del Tratado de Amistad de 1898.
  50. Pedro Peña Romero (Activo 1898): Gran Maestro de la Gran Logia Simbólica del Rito Mexicano Reformado en 1898.
  51. Ignacio A. de la Peña (Activo 1898): Gran Maestro de la Gran Logia de Libres y Aceptados Masones del Distrito Federal en 1898.
  52. Vicente Martínez (Activo 1898): Representante firmante del Tratado de Amistad.
  53. M. Carrión y Rubio (Activo 1898): Representante firmante del Tratado de Amistad.
  54. Domingo León (Activo 1898): Anteriormente asociado al Supremo Consejo (Grado 33), se separó de trabajos masónicos en julio de 1898.
  55. Teodoro Juárez (Activo 1898): Autor de un homenaje al Gran Zapoteca (Juárez).

Nota: Figuras Militares y Políticas de 1867 (mencionadas por su participación en Querétaro, listadas aquí por contexto de actividad):

  • Tomás Mejía (1820–1867): General imperialista que capturó a Escobedo pero no lo fusiló.
  • Miguel López (Activo en 1867): Coronel imperialista que negoció la rendición de Maximiliano con Escobedo.
  • Francisco M. Vélez (Activo en 1867): General republicano que recibió órdenes de Escobedo para la toma de La Cruz.
  • Sostenes Rocha (Activo en 1867): General republicano que comandó una columna en Querétaro.
  • Julio M. Cervantes (Activo en 1867): Coronel republicano que ocupó Querétaro para garantizar la seguridad de familias e intereses.
  • Agustín Palacios (Activo en el movimiento evangélico): Compañero de Manuel Aguas y predicador.

Nota: Algunos personajes solo se mencionan por su actividad en un momento específico, y se colocan aquí cerca de ese contexto:

  • Joaquín M. Alcalde (Activo en el movimiento liberal): Orador en el funeral simulado de Escobedo.
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Investigación basada en IA.