Un impeachment mexicano de 1830
Wenceslao Vargas Márquez
Concluyó la posibilidad de que el
presidente de los Estados Unidos fuese destituido de su cargo mediante un
proceso de juicio político que los norteamericanos llaman impeachment.
El resultado ya era conocido por los expertos dada la
mayoría republicana en el Senado norteamericano. El impeachment sajón equivale a nuestro juicio político, normado en el
artículo 110 de nuestra Constitución. De resultar destituido su cargo lo habría
ocupado el vicepresidente norteamericano.
V. Guerrero. Imagen Wikipedia. |
Recién había nacido nuestra
república un proceso similar lo vivieron nuestros tatarabuelos en México en
1829-1830 cuando se aplicó un procedimiento equivalente en contra del
presidente Vicente Guerrero, masón del Rito Yorkino, apenas el segundo
presidente mexicano. Ubiquemos el contexto:
Después de Guadalupe Victoria el
triunfador de la elección presidencial de 1829 fue Manuel Gómez Pedraza, masón
ingresado a las logias en La Habana en 1821, según confesión dada en uno de sus
escritos.
Guerrero y el infaltable xalapeño Santa Anna dieron al traste con la
elección y Gómez Pedraza debió renunciar a su derecho a tomar el cargo, se
exilió, y en abril de 1829 subió a la presidencia Guerrero (¿golpe de Estado?;
que respondan los expertos). Los adversarios de Guerrero, los fifís del
momento, guardaron su inconformidad y a
fines de 1829 se le rebelaron con el plan de Jalapa.
Por la asonada, Guerrero fue, a su vez, destituido mediante un doble proceso, militar por un lado y político por el otro. Hubo excesos.
El historiador Méndez Pérez dice
en un trabajo suyo: “en los debates legislativos se pretendió declarar al
general Guerrero con incapacidad moral para gobernar, es decir, se le
consideraría un demente. La intervención del diputado don Andrés Quintana Roo
fue vital para impedirlo, de manera que la resolución no se basó en ninguna
situación mental del presidente.”. Quintana Roo era el esposo de Leona Vicario,
la mujer cuya vida se celebra en 2020.
Dice Méndez: “como puede verse,
don Vicente Guerrero no fue destituido de la presidencia de la República. La
Constitución de 1824 no concedía esa facultad al Congreso. El general
continuaba con el carácter de titular del Ejecutivo federal, aunque no se
desempeñara como tal. Bustamante, por lo mismo, se hizo cargo del Ejecutivo con
el carácter de vicepresidente”.
Añade Méndez: el 10 de enero de 1830, fecha en
la que debía reunirse el consejo de guerra ordinario, el defensor del general
Guerrero, Francisco Cosío, presentó un escrito de descargo. Cosío afirmaba que
la incapacidad moral, término no aprobado por el Congreso, equivalía a carecer
de facultades intelectuales y discursivas. Así pues, el general Guerrero no era
capaz de cometer sedición, ni de reunir individuos para un pronunciamiento. No
sirvió el alegato.
De esta manera, con un arreglo
típicamente mexicano, donde las cosas son y no son al mismo tiempo, Guerrero
resultó separado del cargo el 4 de febrero de 1830 con un párrafo de 10
palabras (y una abreviatura).
Decía lo siguiente: “El C. general Vicente
Guerrero tiene imposibilidad para gobernar la República” (Ver México a través de los siglos, tomo VII). Tuvo menos suerte que
Trump cuando en nuestro país los grandes asuntos públicos se arreglaban con abrazos,
sino con balazos y fusilamientos. Subió a la presidencia Bustamante con la
figura de vicepresidente en ejercicio (sus malquerientes le decían Brutamante; horror). Guerrero sería fusilado en febrero de
1831.
No tengo en la memoria si algún
presidente aparte de Guerrero sufrió un juicio en el Poder Legislativo y fue
destituido o inhabilitado para ejercer la presidencia. La mayoría de nuestros
gobernantes (sobre todo en el siglo XIX) fueron destituidos por la simple
fuerza de las armas.
Otros renunciaron. Maximiliano renunció (abdicó). Porfirio
Díaz renunció, Madero formalmente renunció, Pascual Ortiz Rubio renunció. Parece
que Guerrero ha sido el único presidente mexicano con impeachment en contra. Trump sobrevivió a su impeachment, Guerrero no.
Post data.- Benito Juárez hizo
laica la vida pública de México con las leyes de Reforma. Las leyes se hicieron
constitucionales con Sebastián Lerdo de Tejada pero el concepto de laicidad
para la república, la definición de ‘laica’ para la república llegó a la
Constitución hasta el 30 de noviembre del año 2012, fin del sexenio federal del
PAN. Llama la atención que en el actual debate de si se está diluyendo o no el Estado
laico, las logias masónicas estén ausentes. Correctamente el presidente López
Obrador ya fijó su postura diciendo que no contribuirá a esa erosión y que la
república es laica y seguirá laica. Excelente. Pero las grandes logias
masónicas mexicanas, en general, no tienen gran presencia, presencia alguna en
el debate.
Twitter @WenceslaoXalapa